Nuestra compañía está registrada formalmente como una empresa de servicios transitorios vigente, inscrita y habilitada según la Ley N° 20.123. Estamos focalizados en poner a disposición de nuestros clientes a trabajadores especializados para realizar tareas transitorias u ocasionales bajo un estricto apego a las normas.
- Suspensión del contrato de trabajo o de la obligación de prestar servicios, según corresponda, de uno o más trabajadores por licencias médicas, descansos de maternidad o feriados.
- Eventos extraordinarios, tales como la organización de congresos, conferencias, ferias, exposiciones u otros de similar naturaleza.
- Proyectos nuevos y específicos de la usuaria, tales como la construcción de nuevas instalaciones, la ampliación de las ya existentes o expansión a nuevos mercados.
- Aumentos ocasionales, sean o no periódicos, o extraordinarios de actividad en una determinada sección, faena o establecimiento de la usuaria.
- Período de inicio de actividades de empresas nuevas.
- Trabajos urgentes, precisos e impostergables que requieran de una ejecución inmediata, tales como reparaciones en las instalaciones y servicios de la usuaria.